Inicio del Proceso
El mismo 24 de marzo de 1976, los golpistas organizaron un gobierno dictatorial que impuso, como "órgano supremo del Estado", una Junta de Comandantes de las tres fuerzas armadas (Ejército, Marina y Aviación). El origen tripartito del poder, durante el Proceso de Reorganización Nacional, estableció una situación de independencia virtual de cada fuerza que, en más de una ocasión, llevó a que actuaran sin comunicación alguna entre ellas y hasta a enfrentarse entre sí. La primera junta militar estuvo integrada por Jorge Rafael Videla (Ejército), Emilio Eduardo Massera (Marina) y Orlando Ramón Agosti (Aviación).
También se dispuso que el mando directo del país quedaría en manos de un "presidente", con facultades ejecutivas, legislativas y judiciales, designado y supervisado por la junta. El primer presidente designado fue el ex general Jorge Rafael Videla.
Los golpistas disolvieron el Congreso Nacional, derrocaron a las autoridades provinciales (gobernadores y legislaturas) y destituyeron a los miembros de la Corte Suprema de Justicia, designando en su lugar a los abogados Adolfo Gabrielli, Horacio Heredia, Abelardo Rossi, Alejandro Caride y Federico Videla Escalada, que asumieron el 2 de abril.
Finalmente la estructura de gobierno nacional se completó con la Comisión Asesora Legislativa (CAL), integrada por tres militares designados por cada fuerza, con "facultades de asesoramiento legislativo en representación de las Fuerzas Armadas".
Los autores e ideólogos del golpe decidieron autodenominarse como Proceso de Reorganización Nacional, aludiendo de ese modo a dos conceptos fundamentales de la dictadura:
Los golpistas disolvieron el Congreso Nacional, derrocaron a las autoridades provinciales (gobernadores y legislaturas) y destituyeron a los miembros de la Corte Suprema de Justicia, designando en su lugar a los abogados Adolfo Gabrielli, Horacio Heredia, Abelardo Rossi, Alejandro Caride y Federico Videla Escalada, que asumieron el 2 de abril.
Finalmente la estructura de gobierno nacional se completó con la Comisión Asesora Legislativa (CAL), integrada por tres militares designados por cada fuerza, con "facultades de asesoramiento legislativo en representación de las Fuerzas Armadas".
Los autores e ideólogos del golpe decidieron autodenominarse como Proceso de Reorganización Nacional, aludiendo de ese modo a dos conceptos fundamentales de la dictadura:
- a) que se trataba de un "proceso" y que como tal "no tenía plazos sino objetivos"
- b) que había que "reorganizar" radicalmente al país, implementando reformas que modificaran profundamente la economía, las relaciones laborales, el sistema político y la cultura nacional.
"En ejercicio del poder constituyente" la Junta de Comandantes impuso una serie de "principios liminares", "objetivos básicos", actas y estatutos para la Reorganización Nacional, al que deberían someterse todas las otras leyes incluida la Constitución vigente, en lo que pudiera resultar aplicable aún. Cuatro fueron la principales normas supraconstitucionales establecidas:
- Reglamento para el funcionamiento de la Junta Militar, Poder Ejecutivo y Comisión de Asesoramiento Legislativo (aprobado por la denominada "ley" 21.256, realizada el 24-03-1976 y publicada el 26-03-76);
- Acta para la Reorganización Nacional (realizada el 24-03-1976 y publicada el 29-03-76);
- Estatuto para la Reorganización Nacional (publicado el 29-03-76);
- Acta fijando el Propósito y los Objetivos Básicos del Proceso de Reorganización Nacional (publicada el 31-03-76).
Algunas acciones del nuevo gobierno:
Suspende la actividad política
Suspende los derechos de los trabajadores.
Interviene los sindicatos.
Prohíbe las huelgas.
Disuelve el Congreso.
Disuelve los partidos políticos.
Destituye la Corte Suprema de Justicia.
Interviene la CGT.
Interviene la Confederación General Económica (CGE).
Suspende la vigencia del Estatuto del Docente.
Clausura locales nocturnos.
Ordena el corte de pelo para los hombres.
Quema miles de libros y revistas considerados peligrosos.
Censura los medios de comunicación.
Se apodera de numerosos organismos
Suspende la actividad política
Suspende los derechos de los trabajadores.
Interviene los sindicatos.
Prohíbe las huelgas.
Disuelve el Congreso.
Disuelve los partidos políticos.
Destituye la Corte Suprema de Justicia.
Interviene la CGT.
Interviene la Confederación General Económica (CGE).
Suspende la vigencia del Estatuto del Docente.
Clausura locales nocturnos.
Ordena el corte de pelo para los hombres.
Quema miles de libros y revistas considerados peligrosos.
Censura los medios de comunicación.
Se apodera de numerosos organismos
La designación de "gobernadores" en las provincias, recayó casi siempre en un militar, con excepción de caso de Jujuy donde fue designado el político Horacio Guzmán de la Fuerza Federalista Popular. En el caso de los "intendentes" de ciudades, en un gran número de casos se trató de políticos civiles, entre ellas la ciudad de Rosario, la segunda del país. Los partidos políticos, explícita o implícitamente, aportaron un total de 794 "intendentes" de la dictadura, divididos según la siguiente pertenencia:
* Zona 1: Guillermo Suárez Mason
* Zona 2: Ramón Genaro Díaz Bessone
* Zona 3: Luciano Benjamín Menéndez
* Zona 4: José Montes
* Zona 5: Abel Teodoro Catuzzi

Fuera de la estructura de mandos ya descripta, la dictadura creó Grupos de Tareas y centros clandestinos de detención (CCD) que, en algunos casos, dependían directamente de la Marina o la Fuerza Aérea. Tal fue el caso de la ESMA, el CCD más grande que funcionó en el país.
- Unión Cívica Radical: 310
- Partido Justicialista: 169
- Partido Demócrata Progresista: 109
- Movimiento de Integración y Desarrollo: 94
- Fuerza Federalista Popular: 78
- Movimiento Popular Neuquino: 23
- Partido Demócrata Cristiano: 16
- Partido Intransigente: 4
- Partido Socialista Democrático: 1
* Zona 1: Guillermo Suárez Mason
* Zona 2: Ramón Genaro Díaz Bessone
* Zona 3: Luciano Benjamín Menéndez
* Zona 4: José Montes
* Zona 5: Abel Teodoro Catuzzi

Fuera de la estructura de mandos ya descripta, la dictadura creó Grupos de Tareas y centros clandestinos de detención (CCD) que, en algunos casos, dependían directamente de la Marina o la Fuerza Aérea. Tal fue el caso de la ESMA, el CCD más grande que funcionó en el país.
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